En el BOE de 2 de abril se publica el Real Decreto 254/2025 que aprueba la ampliación hasta el 1 de enero de 2026, respecto de la fecha inicialmente prevista de 1 julio de 2025, del plazo para que las sociedades cumplan con la obligación de adaptar sus sistemas informáticos de facturación a los requisitos exigidos por el Real Decreto 1007/2023 para evitar que puedan ser manipulables.
Por su parte, cuando se trate del resto de los obligados tributarios el plazo límite para su aplicación se establece en el 1 de julio de 2026 para facilitar su adaptación en la medida que no están sometidos a las mismas obligaciones que los anteriores que pudieran determinan la no utilización habitual de sistemas informáticos.
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