Con fecha 24 de diciembre de 2025 se ha publicado en el BOE el Real Decreto-ley 16/2025 donde se aprueban diversas medidas en materia tributaria, entre las que cabe destacar:

  • En el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido, se aprueba un plazo extraordinario de renuncia al SII-IVA y al REDEME hasta el próximo 31 de enero de 2026, para permitir que los obligados tributarios puedan volver al marco normativo en el que se encontraban con carácter previo a la aprobación de la prórroga hasta 2027 para la entrada en vigor de la adaptación a los nuevos sistemas informáticos de facturación.
  • En lo que respecta a la «Plusvalía municipal», se aprueban con efectos 1 de enero de 2026 los nuevos coeficientes máximos que pueden aplicar los ayuntamientos para determinar el incremento de valor del terreno bajo la modalidad de estimación objetiva.
  • En el ámbito del IRPF, se amplían por un año más los plazos previstos para la aplicación de las deducciones por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas, así como para la deducción por inversiones en vehículos eléctricos realizadas hasta 2026. También se prorroga hasta 2025 la aplicación del coeficiente 1,1 en el cálculo de imputación de renta inmobiliaria para inmuebles situados en municipios cuya nueva ponencia catastral hubiera entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2012.
  • En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, se prorroga hasta 2026 el incentivo fiscal de Libertad de Amortización sobre inversiones en instalaciones destinadas al autoconsumo de energía eléctrica, así como en vehículos eléctricos y nuevas infraestructuras de recarga. También se prorroga para 2025 que no computen las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 a efectos de evaluar la causa de disolución de una sociedad.

Finalmente este Real Decreto-ley 16/2025 no ha sido convalidado por Congreso de los Diputados en la votación que tuvo lugar el 27 de enero de 2026, por lo que las medidas tributarias que incluía han quedado derogadas.

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