Con fecha 3 de enero de 2025 se ha publicado en el BOE la Ley Orgánica 1/2025 donde se modifican ciertas exenciones en IRPF, en particular:
- Se modifica la exención para las indemnizaciones como consecuencia de responsabilidad civil por daños personales prevista en el primer párrafo de la letra d) del artículo 7 de la Ley del IRPF para dar cabida a otras indemnizaciones.
- Se modifica la letra e) del artículo 7 de la Ley del IRPF, relativa a la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador, estipulando que no tendrán la consideración de indemnizaciones establecidas en virtud de pacto, convenio o contrato, las acordadas en el acto de conciliación ante el servicio administrativo.
- Por último, se da nueva redacción a la letra k) del artículo 7 de la Ley del Impuesto con la finalidad de eliminar cualquier duda sobre la aplicación de esta exención a las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de convenio regulador formalizado ante el letrado de la Administración de Justicia o en escritura pública ante notario.
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