Mediante la Ley 7/2024, de 20 de diciembre, se han introducido en el ordenamiento jurídico diversas medidas tributarias entre las que destacamos las siguientes:

  • Aprobación del Impuesto Complementario que garantiza un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos con una facturación superior a 750 millones de euros.
  • En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades:
    • Desde ejercicios iniciados en 2024:
      • Recuperación limitación compensación de BINs en sociedades con Cifra de negocios del ejercicio anterior (en adelante, INCN) superior a 20M€ (límite 50% base imponible previa) y a partir de 60M€ (límite 25% base imponible previa).
      • Recuperación limitación aplicación de deducción por doble imposición internacional al 50% cuota íntegra.
      • Reversión en tres ejercicios de provisiones por deterioro de cartera deducidas en años anteriores.
      • Extensión de la limitación del 50% para la deducibilidad de las pérdidas fiscales que generen las sociedades integrantes de un grupo de consolidación fiscal, para los ejercicios 2024 y 2025. Integración de dichas pérdidas en los 10 años siguientes de manera lineal.
    • Desde ejercicios iniciados en 2025:
      • Mejora en el incentivo de Reserva de capitalización:
        • Incremento del 15% al 20% de reducción sobre el incremento de Fondos Propios, con carácter general. Se incrementa al 23% si aumenta plantilla media entre 2%-5%; al 26,5% si aumenta plantilla media entre 5%-10%; y al 30% si aumenta plantilla media a partir de 10%.
        • Incremento del 10% al 20% del límite de la base imponible del período al que está sometido este incentivo, con carácter general. Se incrementa al 25% para contribuyentes con INCN <1M€ (micropymes).
      • Reducción tipos de gravamen (para sociedades no patrimoniales, y cómputo de INCN a nivel grupo):
        • Pymes (INCN <10M€) (en 2024 tributan al 25%):
          • 2025: 24%
          • 2026: 23%
          • 2027: 22%
          • 2028: 21%
          • 2029 y siguientes: 20%
        • Micropymes (INCN <1M€) (en 2024 tributan al 23%):
          • 2025: Hasta 50mil€ de Base Imponible un 21%, exceso 22%
          • 2026: Hasta 50mil€ de Base Imponible un 19%, exceso 21%
          • 2027: Hasta 50mil€ de Base Imponible un 17%, exceso 20%
      • Adaptación de la regla de tributación mínima a los nuevos tipos de gravamen, que aplica tanto a sociedades con una cifra de negocios igual o superior a 20 millones de euros como a grupos que tributen en régimen de consolidación fiscal.
  • En el ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas físicas:
    • Con efectos desde 1 de enero de 2025 se modifica el último tramo de la escala de gravamen de la base del ahorro, que pasa del 28% al 30%.
    • Se aprueba una reducción para la determinación de los rendimientos de actividades artísticas obtenidos de manera excepcional.
    • Exención en el IRPF y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de las cantidades satisfechas en 2024 por empresas a sus empleados y/o familiares para sufragar los daños sufridos por la DANA de Valencia.
  • En el ámbito del Impuesto sobre el Valor Añadido:
    • Se aprueba la aplicación del tipo reducido del 4% a las entregas de leches fermentadas.

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